El CI firmado en la víspera es válido si hubo información oral

Una sentencia ha dado validez a dos documentos de consentimiento informado (CI) firmados un día antes de una intervención por un paciente que recibió información oral previamente. Del fallo se desprende que el enfermo conocía el riesgo de parada cardiaca que se produjo.
Nuria Siles 06/11/2008
La Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pamplona que dio por válidos dos documentos de consentimiento informado (CI) que firmó un paciente el día previo a que le operaran. El enfermo, que falleció tras someterse a un bypass aortobifemoral, había recibido previamente información verbal en la que se aludía al riesgo de sufrir una parada cardiaca.

La familia del fallecido demandó a la clínica privada en la que se había atendido al enfermo al considerar que la aplicación de la medicación y su vigilancia, así como su seguimiento en el posoperatorio y la prestación del CI, fueron defectuosos. Sin embargo, la sentencia del juzgado, confirmada ahora por la Audiencia de Navarra (que ha revocado sólo la imposición de costas procesales a los demandantes), no lo ha entendido así.

El fallo considera que «los consentimientos informados, tanto para la cirugía aortoilíaca como para la anestesia (…) fueron correctos, sin que el mero hecho de que se firmaran un día antes de la intervención quirúrgica (…) implique que no se obtuviera el fin pretendido» con la exigencia del CI ni que el paciente «no hubiera conocido el alcance de su enfermedad, su diagnóstico, gravedad, tratamiento preciso, consecuencias de su falta de tratamiento y riesgos que conllevaba someterse a la intervención y a la anestesia».

Según la sentencia, la información que se le dio al enfermo oralmente con ocasión de las pruebas preoperatorias previas que se le fueron realizando, le permitió formar su voluntad, «siendo esto precisamente lo que se persigue con el consentimiento informado».

Información completa
Pero la juez va más allá y señala que, la informacion escrita que contenían dichos documentos de CI fue completa y en ella se describía en qué consistía la enfermedad; el objetivo de la intervención (que era tratar de evitar en último término la amputación de la extremidad); que no era una operación curativa sino que sólo pretendía impedir la evolución maligna de la patología; las posibilidades de fracaso y necesidad de una inmediata reintervención (explicándole que estaba indicada incluso la amputación) y las complicaciones posibles, entre las que se encontraba el fallo cardiaco, que sufrió el paciente.

Según la resolución judicial, la información dada oralmente y que después se recoge en el consentimiento informado escrito «es la que le permite conocer el alcance de la enfermedad, la necesidad de tratamiento, la indicación de que la intervención quirúrgica es la correcta y los riesgos que derivan de dicha operación».

Las otras alegaciones que realizaban los familiares del paciente también han sido desmontadas.

En primer lugar, la causa de la parada cardiorrespiratoria sufrida por el enfermo no fue la atelectasia pulmonar que se produjo por la administración de la medicación. Según el perito, la atelectasia pulmonar es una complicación frecuente en cirugía abdominal, y salvo que sea masiva, sólo requiere fisioterapia respiratoria, aerosol- terapia e hidratación, analgesia, prevención de la sobreinfección de la zona colapsada y antibioterapia si fuera preciso. Además, si es de escasa entidad, como ocurrió en este caso, puede ser tratada incluso en planta.

En cuanto al seguimiento posoperatorio, la resolución judicial considera que fue correcto, pues al paciente se le pasó a la UCI en vez de a la sala de rehabilitación, se le monitorizó y estuvo bajo la vigilancia de una enfermera. Asimismo, destaca que debido precisamente a ese control se pudo detectar la parada cardiorrespiratoria, avisándose de inmediato al anestesista. El afectado se recuperó, pero sufrió una anoxia cerebral y tras entrar en coma, murió unas semanas después.

La Audiencia de Navarra añade además que la actuación médica fue correcta y no existe ninguna prueba de que el resultado de muerte producido sea desproporcionado de acuerdo con la situación del enfermo y el tipo de operación.

http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1181498.html


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