La OMC cree que la ley de muerte digna andaluza cohibirá a los médicos

El anteproyecto de ley de muerte de digna de Andalucía está en marcha y ha tenido una acogida desigual entre la profesión. La Organización Médica Colegial anuncia que dará una respuesta institucional porque cree que la norma retraerá a los médicos. Los éticos alertan del peligro de su régimen sancionador y los especialistas dicen que lo regulado ya se hace.
M.E./ S.C./ G.S. 09/09/2008

El anteproyecto de ley andaluz de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte, conocida como ley de muerte digna, comienza su andadura legislativa rodeada de fuertes críticas por parte de la profesión. Organizaciones profesionales y científicas, éticos y especialistas recelan de la necesidad de la norma y consideran que el régimen sancionador que establece propiciará la medicina defensiva. Además, creen que revela el desconocimiento de sus promotores de la realidad asistencial.

Juan José Rodríguez Sendín. Secretario general de la OMC
«Se lleva a la población un mensaje de desconfianza»
La OMC prepara una respuesta institucional porque considera que el texto generará desconfianza entre los ciudadanos y retraerá en su práctica a los médicos. Según su secretario general, Juan José Rodríguez Sendín: «Este anuncio indiscriminado de sanciones por encarnizamiento terapéutico nos da miedo porque puede provocar que los médicos se frenen en su actuación profesional y lleva a la población un mensaje de desconfianza». Los servicios jurídicos del Consejo Andaluz de Colegios y del Consejo General están analizando el texto. «Los colegios luchamos contra el encarnizamiento terapéutico, pero hay que apuntar a responsables directos de casos concretos. Generalizar o dar la impresión de que éste sea un problema frecuente es improcedente e irresponsable».

Rogelio Altisent. Presidente de la Comisión de Deontología de la OMC
«La calidad en la asistencia no se logra con amenazas»
«Las leyes deben servir para garantizar los derechos en casos de conflicto y para proteger a los más débiles, pero la calidad asistencial sólo se logra con la ética profesional, nunca con la amenaza, y esto se debe promocionar generando un clima de formación y motivación profesional».

Así lo ha entiende Rogelio Altisent, presidente de la Comisión de Deontología de la OMC, que ha recordado que «pretender reglamentar de una manera tan coactiva el día a día de la asistencia tendrá efectos secundarios contraproducentes para el fin que se persigue».

Es más, «no hay duda de que se debe respetar la autonomía», pero el futuro está en «fortalecer la deontología».

Pedro Galdos. Jefe de Intensivos del Hospital Puerta de Hierro
«La norma repercute sobre la estructura del sistema»
El anteproyecto «tiene más repercusión desde el punto de vista estructural porque si el sistema está saturado tendrán que pensar en cómo se va a invertir para garantizar los derechos que reconoce», según Pedro Galdos, jefe de Intensivos del Hospital Puerta de Hierro, de Madrid. Galdos, que preside la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, considera que en esta materia «la medicina va por delante, pues al enfermo terminal ya se le ofrece confort y se limita el esfuerzo terapéutico cuando es necesario».

Emilio Alba. Vicepresidente de la Sociedad Española de Oncología
«No sé si una ley es lo más adecuado para regular esta materia»
«Es un documento inobjetable desde el punto de vista formal, pero no sé si una ley es la forma más adecuada para regular un tema tan complejo», ha declarado Emilio Alba, vicepresidente de la Sociedad Española de Oncología Médica.

Según él, «quien ha querido legislar esta materia no sé si está muy al tanto de lo que ocurre en nuestros hospitales. Mi experiencia es contraria a lo que se dice en la ley. En el 99 por ciento de los casos el paciente está desesperado y se aferra a tratamientos que muchas veces son innecesarios». Se trata de «una ley mediática, pero no práctica desde el punto de vista de pacientes y familiares».

Jacinto Bátiz. Especialista en Cuidados Paliativos
«El régimen sancionador tendrá un efecto negativo»
«El régimen sancionador del anteproyecto de Andalucía tendrá el efecto negativo en los médicos de evitar el tratar a estos enfermos terminales para no exponerse a hacerlo mal y verse sancionados», ha declarado Jacinto Bátiz, jefe de unidad de Cuidados Paliativos del Hospital de San Juan de Dios de Santurce (Vizcaya).

La propuesta «tendrá un efecto disuasorio y generará lo que se llama medicina defensiva». Bátiz ha recordado que «todo lo que plantea el anteproyecto lo contempla el Código de Ética y Deontología Médica y que los colegios tienen potestad sancionadora contra aquellos que lo incumplen. Esta ley sobra y lo que falta es formación y recursos humanos y técnicos suficientes para poder universalizar los cuidados paliativos».

Javier Rocafort. Pte. de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos
«Si los médicos actúan como hasta ahora, no va a haber problemas»
Javier Rocafort, presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (Secpal), cree que es positivo que las administraciones garanticen que al final de la vida se prestan los cuidados adecuados, por lo que ve dentro de lo normal que se apliquen medidas sancionadoras «en un estado de derecho», aunque confía en que sean «proporcionadas». Rocafort señaló que la Secpal confía plenamente en la profesión médica y que sus principios éticos «están fuera de toda duda». Por eso, ve poco riesgo en las sanciones. «Si los médicos actúan dentro del respeto a la autonomía del paciente, como lo están haciendo, no tiene que haber ningún problema».

Las claves de la primera norma con sanciones económicas para el médico
El anteproyecto andaluz contempla que el médico que ejerza la sanidad privada en Andalucía podrá ser sancionado con multas de hasta un millón de euros si incumple de forma «deliberada y flagrante» el testamento vital de un enfermo. El texto no hace alusión a la eutanasia y aclara que el rechazo al tratamiento, la limitación de medidas de soporte vital y la sedación paliativa no deben de ser calificados como acciones de «eutanasia», pues «nunca buscan deliberadamente la muerte, sino aliviar o evitar el sufrimiento, respetar la autonomía del paciente y humanizar el proceso natural de la muerte».

También hace hincapié en que es contrario a la dignidad humana «el uso inadecuado de medidas de soporte vital, esto es, su aplicación cuando no tienen otro efecto que mantener artificialmente una vida, meramente biológica, sin posibilidades reales de recuperación de la integridad funcional de la persona». La norma, que sería de obligado cumplimiento para centros públicos y privados, incluye el derecho de los pacientes a los cuidados paliativos y permite la posibilidad de que se realicen en el domicilio, salvo que «esté contraindicado». Sin embargo, las cuestiones más polémicas surgen en el articulado sobre los deberes de los profesionales sanitarios y en las infracciones y las sanciones. Es la primera norma en España que establece un régimen sancionador con multas para el médico (aunque sólo para el privado).

A quien trabaja en la medicina pública se le aplican las sanciones de la Ley del Estatuto Marco, que no prevé multas económicas. El texto tipifica infracción muy grave, además de la obstinación terapéutica, «el incumplimiento deliberado y flagrante de las opciones contenidas en el testamento vital». Las sanciones van desde 60.001 a 1.000.000 euros.

http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1162508.html


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