Los menores de 16 años deberán presentar un certificado firmado por sus padres para tatuarse

Toda persona que desee someterse a esa práctica tendrá que dar por escrito su consentimiento

EFE – Barcelona – 22/04/2008

Las personas que quieran hacerse un tatuaje, un piercing o una micropigmentación deberán firmar antes un consentimiento informado, similar al que es preceptivo en otros procedimientos médicos, según el nuevo decreto que ha aprobado hoy la Generalitat para regular estas prácticas. En el documento deberán constar los riesgos sanitarios que comportan, los cuidados que requiere una correcta cicatrización y las condiciones y las características del producto o materiales que se implanten. Además, se regula por primera vez el acceso a estas prácticas de los menores de 16 años. Todos ellos deberán aportar un «certificado de madurez» firmado por sus padres o tutores legales antes de ser sometidos a un tatuaje o piercing.

El nuevo decreto, que incluye también la creación de un registro de profesionales, amplía la normativa que se implantó en Cataluña en 2001, la primera que hubo en España para regular los tatuajes, la micropigmentación y los piercings. Con esta normativa se quiere garantizar una mayor protección de los usuarios y los profesionales que se dedican a esta actividad ante el crecimiento espectacular que han tenido estas prácticas estéticas en los últimos años.

El decreto también establece que todos los locales deberán tener a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones o de denuncia oficiales, y que los profesionales que se dediquen a esto deberán acreditar como mínimo 35 horas de formación, diez más que las que se exigían hasta ahora. La formación se deberá llevar a cabo en centros homologados, y quedarán exentos los licenciados en medicina y cirugía, farmacia, biología y odontología, los diplomados en enfermería y podología, y los técnicos superiores en estética y en curas auxiliares de enfermería.

Nuevas sanciones

Para reducir los riesgos de infección y de reacciones alérgicas, el texto establece que los materiales implantados han de estar envasados individualmente y esterilizados hasta su utilización, y que las joyas que se utilicen deben ser de oro de 18 quilates como mínimo, de titanio o de materiales biocompatibles y que no provoquen alergias.

Con respecto a las tintas y pigmentos utilizados en las actividades de tatuaje y micropigmentación, los centros deberán registrar el producto y el lote utilizado en cada usuario y esta información se deberá guardar durante tres años y estará a disposición del usuario y de la autoridad competente.

Además, el decretro incluye un nuevo régimen sancionador que tipifica las infracciones y sanciones como leves, graves y muy graves, considerándose infracciones muy graves, entre otras, la reutilización de enseres y materiales de un solo uso o no estériles y hacer tatuajes, micropigmentaciones o piercings de forma ambulante. En algunos casos las sanciones pueden llegar hasta los 300.000 euros.

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/menores/anos/deberan/presentar/certificado/firmado/padres/tatuarse/elpepusoc/20080422elpepusoc_4/Tes


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