Barcelona. El COMB abre una asesoría sobre protección de datos

El Colegio de Médicos de Barcelona ha decidido intervenir en el cumplimiento de toda la normativa vigente sobre protección de datos por parte de sus colegiados abriendo una asesoría específica. Su objetivo es llegar a erigirse en valedor a través de un código tipo para el colectivo.
Carmen Fernández. Barcelona 18/04/2008
El incremento de la demanda de información para implantar en consultorios y centros médicos la normativa relacionada con el tratamiento de la información personal ha llevado al Colegio de Médicos de Barcelona (COMB) a abrir un servicio de asesoría específico, que incluye la oferta de auditorías externas bianuales (obligatorias por ley).

Se trata de facilitar a los profesionales el cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley Reguladora de los Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico, la Ley General de Telecomunicaciones y las leyes de información y documentación clínica (la 21/2000 autonómica y la 41/2002, nacional). En paralelo al anuncio de la creación de este servicio, la corporación barcelonesa está informando de las obligaciones en el tratamiento de la información de carácter personal (en papel, digital o audiovisual) tanto en lo que respecta a pacientes como a colaboradores.

«Los datos médicos y de salud son datos sensibles y son los que se recogen básicamente en las historias clínicas; por eso se tienen que garantizar los derechos de los pacientes (…) solicitándoles el consentimiento para el tratamiento de los datos y aplicando las medidas de seguridad adecuadas para garantizar que sean tratados, única y exclusivamente, por todos los que intervienen directa o indirectamente en el proceso», figura en el comunicado emitido a los colegiados.

También les recuerda que el paciente tiene derecho a ser informado sobre qué pasará con sus datos (quién los tratará y cómo), «de forma expresa, precisa e inequívoca»; y tiene derecho a ser informado de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento que le aplican, de la identidad de los responsables del tratamiento y del proceso para ejercitarlos. Sobre los menores con más de 14 años de edad, el colegio específica que tendrán que prestar su consentimiento expreso a que los datos personales sean tratados, y que «no es suficiente con el consentimiento de los padres o tutores». Los médicos con consulta privada, al igual que los centros sanitarios (sean del tamaño que sean), están obligados a declarar e inscribir en la Agencia Española de Protección de Datos los ficheros que contengan datos personales y los documentos de seguridad (reglamento de funcionamiento).

Código Tipo
Ignasi Pidevall, jefe de la asesoría jurídica, ha anunciado a Diario Médico que está previsto elaborar un Código Tipo sobre protección datos para los médicos de Barcelona y que el colegio sea el valedor de su cumplimiento. «Mejor nosotros que la Agencia de Protección de Datos», ha apuntado. Las multas por incumplimiento son cuantiosas.

El antecedente
La Unión Catalana de Hospitales (UCH), que agrupa a centros de diferente titularidad (mayoritariamente concertados con el Servicio Catalán de la Salud), dispone desde 2002 de un Código Tipo para ayudar a las entidades sanitarias y sociosanitarias en el cumplimiento de la normativa de protección de datos. Se han adherido ya 194 centros (asociados y no asociados a la UCH), que además de información reciben asesoramiento, auditorías y formación. Entre los adheridos figuran el Hospital de San Pablo, el Clínico, las fundaciones Puigvert y Guttmann, todos de Barcelona, y los hospitales de San Juan de Dios de Esplugues (Barcelona), Pamplona, Zaragoza y Palma de Mallorca.

http://www.diariomedico.com/edicion/diario_medico/normativa/es/desarrollo/1113867.html


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